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lunes, 3 de junio de 2013

¿QUÉ ES LA MALA PRÁCTICA EN ESTETICA PROFESIONAL?





¿Qué es la mala praxis ?


Mala práctica es la que lejos de ayudar aumenta el daño (objetivo) o el sufrimiento (emocional) en el cliente y/o la que no responde a la promesa realizada por la estética.

 La mala práctica puede provenir: 

a) de una relación profesional basada en promesas que  la esteticista no puede cumplir (deshonestidad profesional); 

b) de las consecuencias imprudentes no previstas en el ejercicio del trabajo estético (por impericia ) 


Constituyen mala práctica, según se reconoce en la mayoría de códigos deontológicos: 

a) el aprovechamiento de  la ignorancia del cliente 
b) la incompetencia, (por impericia, negligencia, imprudencia temeraria...), la mentira, falsedad o engaño, la ruptura del secreto profesional, el abandono del paciente, la discriminación o la estigmatización...

4.-es muy importante y poco conocido el tema del sufrimiento emocional derivado de una mala práctica.

5.- Cuando se hacen mal las cosas sabiendo el daño que hacemos, esto se le llama "dolo" y se considera en las legislaciones  como  delitos o faltas . Distinguiendo las de tipo “doloso” con intencionalidad de originar daño a sabiendas y las “culposas o imprudentes”. En este segundo tipo se incluye la negligencia que en caso de malicia se convierte en delito y da lugar a inhabilitación profesional. Y naturalmente que de toda responsabilidad penal se deriva responsabilidad civil donde surge la obligación de reparar e indemnizar los daños causados.

6.-Actualmente la "falta de consentimiento informado" ya se considera "mala praxis" aunque el trabajo esté bien realizado, tal es la importancia que se le da a la información que el usuario debe tener en respeto de su libre decisión de elegir.

7.- Otro aspecto importante es el derecho a la intimidad que puede dar lugar a "la mala praxis" si no se respeta , el profesional tiene la obligación de sigilo o reserva, no divulgar los secretos de otra persona, en caso de incumplimiento las diferentes legislaciones aplican sanciones severas.

8.- El hecho de que las nuevas técnicas y procedimientos de estética cada vez sean más agresivos hace que la profesional tenga que formarse fehacientemente y con  capacitación objetivable y no puede ser aceptado el recurso a “los años”, “la costumbre” o otros similares.












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