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lunes, 22 de septiembre de 2014

LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LA ESTETICISTA ECUATORIANA

Los médicos de Ecuador están muy preocupados,  desde hace un par de meses se encuentran maltratados.
La Federación Médica Ecuatoriana máximo órgano de representación médica es clara, no puede entender cómo puede juzgarse y sentenciarse a sus médicos y argumenta que es un atentado contra la lógica jurídica, que se allana el camino a la injusticia contra el médico. Se apela a la ciencia y a la ética; confían en que la justicia ecuatoriana no atente contra el cumplimiento del juramento hipocrático de los médicos que acuden con emergencia a salvar vidas. Así lo confirma evidentemente el Juramento Hipocrático al expresar: “Si observo mi juramento con fidelidad, séame concedido gozar plenamente de mi vida y mi profesión, honrado siempre entre los hombres…”

Pues bien, hay que decir que el Juramento Hipocrático ya no está vigente en nuestros días si se quiere que sirva de excusa para eludir la responsabilidad del médico ante la mala praxis y más si hablamos de negligencias de las que jurídicamente dan lugar al llamado homicidio culposo.

Los médicos ecuatorianos están en pie de guerra en protesta por el nuevo articulado del nuevo Código Penal que recoge los principios generales de las actuales leyes internacionales en cuanto la protección del consumidor y por supuesto del paciente, contra la mala praxis.


El nuevo artículo 146 del Código Orgánico Integral Penal de Ecuador (COIP) no se refiere con exclusividad a la profesión médica, es de aplicación a todas las profesiones sanitarias e incluso esteticistas. Dice el artículo en cuestión que será juzgado por “ HOMICIDIO CULPOSO POR MALA PRACTICA PROFESIONAL la persona que al infringir un deber objetivo de cuidado en el ejercicio o práctica de su profesión , ocasione la muerte de otra, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. El proceso de habilitación para volver a ejercer la profesión , luego de cumplida la pena, será determinada por la Ley. Será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años si la muerte se produce por acciones innecesarias, peligrosas e ilegitimas”


¿La muerte del paciente significa que se ha infringido el deber objetivo de cuidado?  Indiscutiblemente no, el resultado no lo  implica necesariamente.


¿ Cuando se infringe el deber objetivo de cuidado ? Cuando no se observan las leyes , los protocolos de trabajo, la lex artis. Y sobre todo el art. 146 dice que deberá valorarse cada caso si se actuó con la diligencia debida, el grado de formación profesional , las condiciones objetivas que produjo el fatal desenlace, la previsibilidad y evitabilidad del hecho.
LAS RAREZAS DE LA ESTETICA PROFESIONAL.

No salgo de mi asombro. Que la formación de la Estética esté mínimamente regulada o no lo esté en muchos países, da paso a graves problemas de manipulación al colectivo profesional y esto se da con mucha profusión en nuestro campo profesional.

Es tal la rareza de esta profesión que como sabemos se utilizan variados vocablos para denominarla,  para  en el fondo hacer , que es lo que importa, lo que la Ley del lugar sólo permite y en muchas ocasiones no permite.

Por desgracia nos encontramos con esteticistas nulas en su formación, personajillos que se hacen llamar médicos o ingenieros que ni lo son, artistas de la charlatanería y especialistas  del arte del engaño que se introducen en este sector aprovechándose de la falta de regulación y la buena fe de las profesionales y los profesionales. Personajes sin ningún sustento académico. Mal llamados autodidactas. Surgen contenidos didácticos que ni de lejos tienen que ver con la profesión estética. Las tonterías que se ven y se escuchan en los foros formativos, en los cursos, congresos, etc.  hace dudar muchas veces si se dirigen a profesionales de la Estética, a espiritistas , o lo que es muchísimo peor a inducir al intrusismo con cursos  claramente médicos de rellenos de arrugas, de volumen corporal, de plasma y etc.

Pues si, la profesional de la Estética es bondadosa en su profesión pero también es rara , poco exigente  con toda esta pequeña fauna de charlatanes sin escrúpulos  que no aportan nada en su hoja de vida y que hacen tanto daño con sus equivocaciones y sus ambiciones comerciales. Salvo raras excepciones si existe un pequeño número de profesionales  que con criterio y ajustandose a la Ley y a la realidad tienen el valor de abuchear  y chillar a esos poc@s  sinvergüenzas que campean y se infiltran con toda su cara dura por cursos y congresos impartiendo conocimientos de mal autodidactas.

Pero sí , hay que reconocer que nuestro colectivo es raro, muy raro  y lo digo con conocimiento de causa , por todas las quejas que recibo de esteticistas que se encuentran estafadas por tal o cual razón o personaje. Somos tan raros y tan buenas personas que nos dan a comer piedras y nos las tragamos sin rechistar. Pero  no, eso no es bueno, así no se avanza y si no denunciamos y abucheamos estamos sirviendo de coartada a la mentira a la estafa y que la mediocridad se establezca en nuestra cabina o centro de belleza.

Hay que ser críticos, ha que protestar y en voz alta, porque si no acabaremos viendo normal lo que es anormal , acabaremos premiando la palabrería en vez del verdadero conocimiento y haremos de la profesión un papel mojado. No caigamos en esta rareza.

Por una profesión reglada, científica e internacionalizada.

Jesús G. Corcobado
Coordinador Jurídico de la UIPE
UNION INTERNACIONAL DE PROFESIONALES DE LA ESTETICA.