Comienza con la recepción en el Registro de la denuncia de un ciudadano por
algún perjuicio para la salud
causados tras un tratamiento o
bien por una investigación de oficio sin necesidad de denuncia previa, en cumplimiento
de la obligación de inspeccionar y vigilar, labor de policía que tiene cualquier Administración para salvaguardar los intereses de la población.
ANTES DE LA INSPECCION
El inspector va a comprobar que el centro no esté registrado como centro sanitario
Se miran los datos de la Pág. Web del establecimiento , por
si existiese publicidad sobre actos médico y sea un Centro de Belleza que no
tenga la autorización necesaria.
DURANTE LA INSPECCION:
Datos de etiquetado de PRODUCTOS y los APARATOS para poder identificarlos y valorarlos después, se hará un inventario de los aparatos, productos,
cartelería, etc. También la descripción de actividades
Se inspeccionan las instalaciones comenzando por la fachada
para comprobar si existe publicidad sobre actos médicos.
Se comienza la inspección de fuera hacia dentro. Recepción,
dependencias, aseos, sótanos si los hubiese. Comprobando estado general de
parámetros verticales y horizontales, orden y limpieza.
Se solicitan cualquier clase de documentos.
DESPUES DE LA INSPECCION
SE VALORAN TODOS LOS DATOS:
*Si existe seguimiento médico se remite informe sobre las actuaciones
realizadas a las autoridades sanitarias.
*Se contesta si existiera a la afectada
RESULTADO DE LA INSPECCION:
* Que no haya sanción
* Que haya sanción económica e incluso cierre del establecimiento.
Si la inspección se complica contar siempre con abogado experto
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