
En la actualidad apenas existen DISPOSICIONES LEGALES que controlen
la fotodepilación. Internacionalmente
son insuficientes. En Europa en 1989 se aprobó la
normativa IEC-825 de seguridad en
la radiación de productos láser.
Únicamente es una serie de normas técnicas en cuanto a la seguridad en el trabajo para cuidarse de las radiaciones. Como se clasifican los láseres, los requerimientos y guía del usuario, etc... pero ninguna mención a su uso clínico o estético, ni siquiera derechos del consumidor ni responsabilidades posteriores en caso de perjuicios, prácticamente lo más importante. Lógicamente en caso de daño, se debe cursar una denuncia judicial como en cualquier otro incidente.

Esta falta de regulación quizás sea debida por los grandes intereses económicos y la consiguiente falta de acuerdo entre los distintos profesionales que utilizan esta tecnología láser, como son médicos, esteticistas y otros profesionales . Como es lógico, cada sector pretende que la ley le dote de exclusividad. Este es un negocio nuevo y muy rentable y mucha gente quiere entrar en él. El vacío legal, la desinformación y falta de rigor, la ausencia de profesionalidad y el desconocimiento de un buen uso, la agravan.
Únicamente es una serie de normas técnicas en cuanto a la seguridad en el trabajo para cuidarse de las radiaciones. Como se clasifican los láseres, los requerimientos y guía del usuario, etc... pero ninguna mención a su uso clínico o estético, ni siquiera derechos del consumidor ni responsabilidades posteriores en caso de perjuicios, prácticamente lo más importante. Lógicamente en caso de daño, se debe cursar una denuncia judicial como en cualquier otro incidente.

Esta falta de regulación quizás sea debida por los grandes intereses económicos y la consiguiente falta de acuerdo entre los distintos profesionales que utilizan esta tecnología láser, como son médicos, esteticistas y otros profesionales . Como es lógico, cada sector pretende que la ley le dote de exclusividad. Este es un negocio nuevo y muy rentable y mucha gente quiere entrar en él. El vacío legal, la desinformación y falta de rigor, la ausencia de profesionalidad y el desconocimiento de un buen uso, la agravan.
En algunas legislaciones internacionales como en España para utilizar una luz pulsada (IPL) esta problemática está aclarada ya que esta técnica se ha incorporado al programa de formación de las enseñanzas profesionales de Técnico Superior en Estética. En otros países de Latinoamérica hay un silencio por parte de las autoridades sanitarias o sin más se prohibe. Esta es una cuestión que el LIBRO BLANCO DE LA UIPE deberá abordar.
Contraindicaciones absolutas para
la fotodepilación:
- Piel recién bronceada.
- Fotosensibilidad por enfermedad o fármacos.
- Tratamiento con derivados retinoicos.
- Varices y problemas de coagulación de sangre.
- Pacientes tratados con ácido 13- cis-retinoico el mes anterior al tratamiento.
- Casos de fiebre o infección aguda.
Contraindicaciones relativas:
- Riesgo de cicatrización queloidea. - Embarazo y lactancia.
- Pieles muy pigmentadas y oscuras o negras.
- Estados de inmunodepresión. - Diabetes mal controlada.
- Antecedentes de herpes.
Posibles efectos secundarios:
- Eritema transitorio (enrojecimiento de la zona).
- Piel recién bronceada.
- Fotosensibilidad por enfermedad o fármacos.
- Tratamiento con derivados retinoicos.
- Varices y problemas de coagulación de sangre.
- Pacientes tratados con ácido 13- cis-retinoico el mes anterior al tratamiento.
- Casos de fiebre o infección aguda.
Contraindicaciones relativas:
- Riesgo de cicatrización queloidea. - Embarazo y lactancia.
- Pieles muy pigmentadas y oscuras o negras.
- Estados de inmunodepresión. - Diabetes mal controlada.
- Antecedentes de herpes.
Posibles efectos secundarios:
- Eritema transitorio (enrojecimiento de la zona).
-Foliculitis, hiperpigmentación, costras, púrpura, erosiones, cicatrices, fotofobia, aumento transitorio de la pilosidad, edema palpebral y si no se utiliza bien la máquina de láser, ciertos daños menores en los ojos.
Regulación inexistente:
En la actualidad apenas existen disposiciones legales que controlen la fotodepilación. Internacionalmente son muy escasas e insuficientes. A nivel europeo, en 1989 se aprobó la normativa IEC-825 de seguridad en la radiación de productos láser.
En la actualidad apenas existen disposiciones legales que controlen la fotodepilación. Internacionalmente son muy escasas e insuficientes. A nivel europeo, en 1989 se aprobó la normativa IEC-825 de seguridad en la radiación de productos láser.
Únicamente es un añadido técnico a
disposiciones de seguridad en el
trabajo, en este caso, para cuidarse
de la radiación. Además regula, cómo
deben clasificarse los equipos de este
tipo, los requerimientos y guía del
usuario, todo ello pues para una
correcta utilización de la maquinaria,
pero ninguna mención a su uso
clínico o estético, ni siquiera derechos
del consumidor ni responsabilidades
posteriores en caso de perjuicios,
prácticamente lo más importante.
¿ Entonces el laser o el IPL lo debe utilizar un médico o una esteticista ?


Habría que ver en qué clasificación y qué uso. Al utilizarla en casos
estéticos, en la UIPE entendemos junto con otras legislaciones internacionales de vanguardia que no serian de utilización exclusivamente médica.
Sin embargo los médicos alegan que debe ser controlado el proceso previo con un
diagnóstico de la situación de la piel
y estado del consumidor y controlar,
supervisar e incluso realizar la
fotodepilación. Para los técnicos
de láser o la esteticista, por lo contrario , entiende que un médico puede saber de
piel, pero no de aplicación ni
funcionamiento de maquinaria de
fotodepilación.
CLASIFICACION.-
CLASIFICACION.-
-Clase I. De baja potencia, pues su
fuerza de salida de luz no supera los
0 ́5 vatios. Son seguros en todas las
condiciones de utilización
previsibles. Incluye todos los láseres
que bajo condiciones normales de
trabajo, no emiten radiación que
pueda causar daño. Son los llamados
«láseres seguros para los ojos».
- Clase II. Todos aquellos de baja potencia que emiten una radiación visible. La protección ocular se consigue evitando la visión continua y directa del haz de luz. Es el más apropiado para los laboratorios de prácticas.
- Clase III, A. Son seguros para la visión con el ojo desnudo. Se protege de él, igual que en el caso anterior, retirando la mirada. Sin embargo, deben manejarse sin ningún instrumento óptico (prismáticos, telescopio, etc.) pues en ese caso podría ocasionar daños. Son de potencia media, con una salida cinco veces superior a las clases I y II, basada en una apropiada duración de la exposición. Es decir, que una exposición muy prolongada podría ser peligrosa.
- Clase III, B. Su visión directa es siempre peligrosa. La visión difusa es segura.
- Clase IV. De alta potencia. Todos aquellos con una salida de luz mayor a 0 ́5 vatios. Su radiación puede causar daños al ojo o a la piel.
- Clase II. Todos aquellos de baja potencia que emiten una radiación visible. La protección ocular se consigue evitando la visión continua y directa del haz de luz. Es el más apropiado para los laboratorios de prácticas.
- Clase III, A. Son seguros para la visión con el ojo desnudo. Se protege de él, igual que en el caso anterior, retirando la mirada. Sin embargo, deben manejarse sin ningún instrumento óptico (prismáticos, telescopio, etc.) pues en ese caso podría ocasionar daños. Son de potencia media, con una salida cinco veces superior a las clases I y II, basada en una apropiada duración de la exposición. Es decir, que una exposición muy prolongada podría ser peligrosa.
- Clase III, B. Su visión directa es siempre peligrosa. La visión difusa es segura.
- Clase IV. De alta potencia. Todos aquellos con una salida de luz mayor a 0 ́5 vatios. Su radiación puede causar daños al ojo o a la piel.